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Éxito judicial! Un afiliado cobrará en virtud de Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 7 de Barcelona.

Éxito judicial! Un afiliado cobrará en virtud de Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 7 de Barcelona.

Éxito judicial!

Un afiliado cobrará 3.500 euros más intereses en virtud de Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 7 de Barcelona.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Barcelona ha dictado Sentencia estimatoria para nuestro afiliado y con expresa condena en costas para el Ayuntamiento acordando lo siguiente: “El Ayuntamiento de L´Hospitalet de Llobregat pretende imputar al actor el error cometido, alegando que es culpa suya que la cuenta corriente de la entidad bancaria (X) no esté operativa, por haberse constituido en mora. Se trata de un argumento peregrino que no puede exculpar al Consistorio de su actuación errónea. Se reitera que lo correcto era que el préstamo se hubiera ingresado en la cuenta corriente de la entidad (X), donde el actor recibía el abono de sus nóminas con regularidad desde el año 2021. El error es consecuencia de un funcionamiento anormal de la Administración que el demandante no tiene porqué padecer, por lo que concurre la relación de causalidad requerida jurisprudencialmente y un daño antijurídico, al haberse detraído de las nóminas del actor de enero de diciembre de 2023 la cuantía en concepto de un préstamo que nunca recibió por un error administrativo municipal.
La consecuencia de lo expuesto será la estimación de la demanda, siendo
procedente el abono de la cuantía de 3.500 euros más los intereses legales desde la reclamación en vía administrativa.
[…] Se imponen las costas a la Administración demandada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 139.4 de la LJCA en el límite de 300 euros. “

La demanda ha sido dirigida por la abogada del Sindicato, Sra. Isabel Sánchez Molina.

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